DE LA LEY A LA DOCTRINA
DE LA LEY A LA DOCTRINA
Repasando, una de las múltiples sentencias que tengo en mi poder, relativas a las demandas interpuestas por los despedidos del nueve de mayo del 2004 de Correos y Telégrafos, S. A , pero ésta dictada por el Tribunal Supremo en Unificación de Doctrina, el once de abril del 2006, me hizo revivir la desconfianza que me producen los juzgadores a la hora de plasmar su valoración personal, como seres humanos que son, ante hechos que aparentemente , no tienen más interpretación, que aplicar la Ley.
Y así, desde que se inicia el procedimiento con una demanda presentada en uno de los Juzgados de lo Social de Orense, interpuesta por la despedida, cuyo fallo ha resultado un despido improcedente, pero recurrida por la parte demandada, es decir, Correos y Telégrafos, S. A, ante el TSJG. En su fallo, el TSJG dicta un despido procedente y se acude en casación al TS, en cuyo resultado, sigue apoyando los planteamientos del TSJG, pero añade algunas cuestiones, que son las que me animaron a comentar su postura:
Como en la Empresa Pública Correos y telégrafos, S. A , sin dejar de admitir, que es privada, dice que prestan servio Funcionarios Públicos, las vacantes que iban a cubrir estos interinos despedidos, bien pudieran corresponder a estos funcionarios y no al personal laboral -fijo, con lo cual, el RD.2720/1998 quedaría fuera de juego.
Claro que, el TS o no se entera de la movida, o lo que puede ser peor, que no quiera enterarse, porque la monumental chapuza radica en que Funcionarios Públicos prestamos servicios en una Empresa Privada, llamada Correos y Telégrafos S.A, pero dentro de “la chapuza”, la propia ley que la avala, dice que estos puestos son a extinguir. Por tanto, difícilmente se puede cumplir la teoría del TS en toda una Unificación de Doctrina.

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